¿Cómo abrir una empresa en México siendo extranjero?
Requisitos y pasos necesarios
¿Qué es lo primero que debo tomar en cuenta para constituir una sociedad mexicana?
México es un gran destino de inversión, su posición geográfica, sus acuerdos de libre comercio, su gente, su riqueza en materias primas, su cercanía a la mayor economía del mundo, todo esto lo convierten en el destino ideal para invertir.
Para abrir una empresa en México existen muchísimas posibilidades y opciones para los estatutos. Muchos tipos de sociedades y modalidades para su fundación que dan amplias posibilidades a los socios para crear su compañía de acuerdo a sus necesidades de inversión y asociación, pero podemos definir la apertura en cuatro grandes procesos:
1. Constitución de una sociedad mercantil ante fedatario publico
2. Alta en el Registro Federal de Contribuyentes
3. Alta obrero patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social
4. Contratación de empleados
Estos cuatro procesos son desde una visión general los pasos básicos para la apertura de empresas en México. Pero como comentamos líneas arriba hay un abanico enorme de opciones que podemos ofrecer como firma de abogados para que la inversión que realizarás tenga un puerto seguro. Comunícate con nosotros si deseas que platiquemos sobre tu inversión, llena el siguiente formulario y obtén una asesoría gratuita:
1. Constitución de una sociedad mercantil ante fedatario público.
Denominación o razón social
Al momento de acudir ante el fedatario público de nuestra elección, ya sea un Corredor Público o Notario Público, lo más probable es que nos solicite un mínimo de 10 denominaciones tentativas para nuestra nueva empresa, ello con la finalidad de asegurar la aprobación para uso de denominación por parte de la Secretaria de Economía.
Objeto social
Este debe ser licito, posible y concreto. Deberá incluir actividades encaminadas al cumplimiento de nuestro plan de negocios, englobando todas aquellas destinadas al desarrollo del giro comercial de la empresa, y sus finalidades.
Datos generales que deberán constar en el acta constitutiva cuando se trate de socios extranjeros:
Nombre completo.
Nacionalidad.
Fecha de nacimiento.
Número de pasaporte.
Documento original con que acredite su condición de estancia en el territorio nacional.
En caso de otorgar un poder para la constitución de la empresa desde el extranjero a favor de mexicano o residente, el poder deberá estar debidamente apostillado y traducido. Y contar con todos los elementos de identificación del apoderado.
Domicilio fiscal donde se fundará la empresa.
Registro federal de contribuyentes.
Pruebas que demuestren el origen lícito del capital a invertir.
Exhibir el capital a invertir por medio de cartas de crédito o cuentas bancarias en el extranjero que demuestren los fondos que integren la inversión.
Si se realizarán transferencias de capital por medio de inventarios, maquinarias, bienes muebles o inmuebles la documentación que demuestre la posesión de dichos bienes.
Si se integrarán bienes inmateriales, pero con valor monetario, se deberá demostrar el capital con los registros de marca o patentenes debidamente valuadas por un corredor público, o en su caso los conocimientos especiales (know how) con los que aportará valor a la sociedad.
Para el caso que el extranjero no cuente con residencia en México, se deberá manifestar que es residente en el extranjero y añadir el domicilio de residencia, ello, toda vez, que todo instrumento publico emitido por fedatario publico para efectos de tramites ante el Secretaria de Administración Tributaria, deberá constar con el Registro Federal de Contribuyentes de cada uno de los socios, y si alguno de estos no estuviese inscritos, deberá acreditar que no se encuentra obligado a estarlo manifestando su residencia en el extranjero y anexando la clave de RFC genérico para extranjeros “EXTF900101NI1"
Inscripción ante el Registro Público del Comercio
La boleta de inscripción que se anexa al final del contrato de sociedad, tiene la finalidad de dotar de publicidad, trasparencia los actos comerciales y surtir efectos antes terceros, por consiguiente, le otorgara seguridad jurídica.
Inscripción ante el Registro Nacional de Inversión Extranjera
Toda sociedad mercantil que cuente con inversión extranjera en su capital social esta obligada a realizar esta inscripción, a su vez, esta inscripción conlleva las siguientes obligaciones:
Notificar cualquier modificación efectuada a los datos proporcionados al momento de la inscripción
Rendir un informe trimestral sobre ingresos y egresos.
Renovar anualmente su constancia de inscripción
2. Alta en el Registro Federal de Contribuyentes
Una vez que se cuenta con acta constitutiva debidamente redacta, e inscrita, se debe avanzar a inscribir a la persona moral ante el Registro Federal de Contribuyentes, ello con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones fiscales que derivan de sus actividades económicas, para lo cual te indicamos que documentos deberás presentar:
Representante legal.
Ahora bien, si tu sociedad está integrada en su totalidad por socios extranjeros que no cuenta con Registro Federal de Contribuyentes, deberán designar un representante legal que cuente con las siguientes características:
Mexicano o residente en México con permiso de trabajo
Estar inscrito ante el Registro Federal de Contribuyentes
Contar con e.Firma
Tenga expresamente reconocidas facultades de administración o para inscribir la persona moral y recibir los certificados de e.Firma de la empresa.
Poder para actos de administración.
Se le pueden reconocer facultades en el acta constitutiva
En caso de presentarse poder, este deberá ser para actos de dominio.
No debe ser un poder especial, pues, puede hacerse la mención que es limitado, pero siempre y cuando sea general.
Manifestar en el instrumento notarial el Registro Federal de Contribuyentes
Comprobante de domicilio
Contrato de arrendamiento
El arrendatario debe estar inscrito en el régimen de arrendamiento
Debe tener una vigencia mínima de 6 meses
Contrato de prestación de servicios profesionales
Se debe hacer mención que el servicio es para uso de oficina
Debe ser por un plazo mayor a seis meses
Se debe anexar la factura del ultimo mes
Comprobante de servicios
Agua
Luz
Gas
Teléfono
Internet
Servicios de TV por cable
Estado de cuenta bancario
Nota: En caso de que sea un contrato se debe de especificar detalladamente el domicilio, acreditar que sea ubicable, tener conocimiento de las entre calles.
3. Alta obrero patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Este tramite por si solo engloba una serie de pasos e inscripciones concatenadas para la obtención del Alta obrero-patronal, los cuales consisten en lo siguiente:
Realizar registro ante el escritorio virtual como persona física
Para poder obtener este registro se deberá contar con CURP, RFC y e.Firma.
Registro de persona física como representante legal de la persona moral.
Este registro se realizar subiendo al sistema del escritorio el poder en que se designa al presente legal o reconocen facultades.
Registro de socios que cuentes con Registro Federal de Contribuyentes.
Únicamente será necesario la CURP, RFC y nombre completo del socio que se pretende registrar.
Actualización de datos de la escritura publica en que conste el contrato social
Esta actualización consiste en registras los datos de la escritura y escanear el documento, así como datos del centro trabajo y de contacto.
Registro de inscripción alta-patronal
Para finalizar con este tramite se deberá llenar un cuestionario de datos sobre las actividades que se desempeña la empresa, tales como:
Objeto social
Seguro de riesgo de trabajo, este, se genera en relación a la actividad que se desempeña y conforme a la clasificación del IMSS
Principales productos elaborados o servicios prestados
Principales materias primas y materiales utilizados
Maquinaria y equipo utilizado (excepto equipo de transporte)
Procesos de trabajo de la actividad del patrón o sujeto obligado
Procesos iniciales:
Procesos intermedios
Procesos finales:
No. de trabajadores
Oficio u ocupación
Otras preguntas frecuentes.
¿Puedo constituir una sociedad sin acudir presencialmente ante fedatario público?
Sí es posible, en ocasiones, es complicado que todos los socios puedan viajar a México para la firma presencial del contrato social, o no siempre hay una certeza que se les permita el ingreso. Para estos casos, el socio puede otorgar un poder especial, para constituir una sociedad en el cual se deberán manifestar los siguientes datos:
Nombre del apoderado
Monto de la parte social del poderdante
Fedatario ante el cual acudirá
Otorgar todas las facultades inherentes a la constitución de la sociedad.
Manifestar que una vez que se hayan dado por cumplido las finalidades para las cuales se haya otorgado el poder se da por terminado.
¿Es necesario que mi sociedad se integre por algún socio mexicano?
No necesariamente, en México y en el mundo existen dos clases de personas, físicas y morales, las primeras comprenden a las persona en lo individual, mientras que las personas morales, siempre se integran por uno o más individuos, por esto una personal moral puedes estar integrada enteramente por personas físicas con nacionalidad distinta a la mexicana y que la persona moral que integra sea de nacionalidad mexicana.
Ahora bien, la ley permite no exige que se deba integrar un socio mexicano, no obstante en la practica, es sumamente complicado iniciar el funcionamiento de una empresa si ninguno de sus integrantes tiene una residencia en México, pues debemos recordar que la persona moral es un ente abstracto, que requiere que sus integrantes actúen por ella, al menos físicamente, por ello, la recomendación es que se designe a un representante legal mexicano o con los requisitos que se mencionan anteriormente en la figura del “representante legal”.
¿Puedo obtener una residencia en México por ser integrante de una sociedad mexicana?
La respuesta es sí, los Lineamientos Generales para expedición de visas que emiten la Secretario de Gobernación y de Relaciones Exteriores, establecen una modalidad de visa de residente temporal para inversionistas en el “Tramite 5”:
g. Inversionista:
1. Escritura o póliza de la persona moral mexicana otorgada ante Fedatario Público, o documento debidamente certificado por el órgano de administración o funcionario competente de éste, en el que conste que la persona extranjera participa en el capital social de dicha persona moral mexicana, y que el monto de la inversión efectivamente erogado para la participación de la persona extranjera en la persona moral mexicana exceda de veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, mediante contrato de compraventa de acciones o partes sociales, contrato de transmisión de bienes o derechos en favor de la persona moral mexicana o documento expedido por esta última que acredite el monto aportado por concepto de la participación en el capital social, en original y copia; y
2. Documento que acredite la propiedad o titularidad de bienes muebles o activos fijos en favor de la persona moral extranjera, utilizados para fines económicos o empresariales, con un valor que exceda de veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, en original y copia; o
1. Documentación que acredite el desarrollo de las actividades económicas o empresariales en territorio nacional, lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, con contratos, órdenes de servicio, facturas, recibos, planes de negocio, licencias o permisos, o constancia expedida por el Instituto Mexicano del Seguridad Social que acredite que la persona moral extranjera es empleador de al menos tres trabajadores, en original y copia, y
Como podrás observar de los establecido por los Lineamiento Generales para expedición de visas, si podrás aplicar para solicitar este tipo de visado tomando en cuenta las siguientes consideraciones:
La parte social que integrará deberá ser superior a veinte mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, es decir, a $3,457,000 (tres millones cuatrocientos cincuenta y siete mil pesos MXN) ello, tomando en cuenta el salario mínimo para el 2022 equivalente a $172.87.
Documentos que acrediten el desarrollo de las actividades económicas, es decir, el funcionamiento de la empresa lo cual se puede acreditar con la documentación que se obtiene de las etapas descritas en el presente artículo.
Fundar una empresa en México como extranjero es posible, incluso si el extranjero no se encuentra en el país. En este artículo te resumimos un trabajo que requiere por lo menos 3 o 4 meses de trabajo con particularidades que no mencionamos, tal vez un libro completo sería suficiente para explicar todo. Pero te recomendamos acercarte a DIAM S.C. para que la fundación de tu compañía sea acorde a lo que tienes en mente y logres iniciar tus negocios lo antes posible. Llena el siguiente formulario y con gusto te daremos una asesoría gratuita inicial.
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