De acuerdo al artículo 52 inciso IIV de la Ley de Migración en México: El Residente Temporal con Permiso de Trabajo (comúnmente llamada tarjeta FM3) es la condición de estancia donde el Instituto Nacional de Migración autoriza al extranjero a residir en el país por un lapso no mayor a cuatro años "con la posibilidad de obtener un permiso para trabajar a cambio de una remuneración en el país, sujeto a una oferta de empleo con derecho a entrar y salir del territorio nacional cuantas veces lo desee y con derecho a la preservación de la unidad familiar"
Ser residente temporal con permiso de trabajo es lo que comúnmente se conoce como FM3.
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